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Reglamentan la Ley de Compre Argentino

El Gobierno, mediante un decreto presidencial, reglamentó la Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores aprobada por el Congreso.

Impulsada por el Ministerio de Producción, la Ley tiene por objetivo fundamental usar la importancia de las compras públicas como factor para el desarrollo de la industria argentina, mejorar sus capacidades productivas y potenciar su perfil exportador.

Asimismo, al priorizar en las grandes obras de infraestructura a los fabricantes que integran un mayor porcentaje componentes nacionales, la ley «favorece la radicación de inversión productiva y conecta a las PyMEs locales con las grandes cadenas de valor global en sectores como transporte, energía, salud, telecomunicaciones, bienes industriales, servicios de alto valor agregado y tecnología, entre otros».

Cabe destacar que las compras públicas representan en el país más del 5% del PBI y el 2,5% del empleo.

«El Compre Argentino es una herramienta potente, muy relevante en este contexto en el que la industria requiere mayor previsibilidad en la demanda para la inversión y el desarrollo competitivo», afirmó el ministro de Producción, Dante Sica.

«Se trata de una política implementada en todos los países desarrollados que busca mejorar las capacidades productivas de las PyMEs industriales, la inversión y su inserción exportadora», agregó el funcionario.

Además, el subsecretario de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, Sergio Drucaroff, sostuvo que «su reglamentación consolidará los resultados del trabajo previo a su sanción: el desarrollo de proveedores locales, la radicación de inversiones productivas, la conexión con mercados externos y el acceso a tecnología por parte de las PyMEs argentinas».

El informe señala los principales puntos de la Ley de Compre Argentino:

• Cooperación productiva: cuando se liciten bienes no producidos en la Argentina en grandes obras de infraestructura, se prevé la obligatoriedad de la participación de PyMEs en al menos un 20% del valor de la licitación. En caso de que no sea posible subcontratar ese monto, la autoridad de aplicación evaluará la posibilidad de que cumpla con los requisitos de la ley mediante la radicación de inversiones en el país, la transferencia de tecnología o inversiones en investigación y desarrollo.

• Márgenes de preferencia: aumenta los márgenes de preferencia vigentes para los oferentes de bienes de origen nacional de 7 a 15% para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) y Cooperativas, y de 5 a 8% para las grandes empresas.

• Compras pequeñas priorizadas para las MiPyMEs: establece una reserva de mercado en las compras de la Administración Pública Nacional de hasta $1,3 millones (bienes) o $100 millones (obra en vivienda y edificios públicos) en favor de PyMEs locales.

• Posibilidad de mejorar su oferta para las PyMEs en las licitaciones chicas: establece un nuevo mecanismo de mejora de oferta («first refusal») en favor de las PyMEs para compras de bienes de la Administración Pública Nacional menores a $20 millones. Así, las PyMEs oferentes de bienes de origen nacional tendrán la posibilidad de mejorar su oferta siempre y cuando su precio no haya superado en más de un veinte 20% a la mejor cotización o precio testigo.

• Programa Nacional de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO): le otorga rango de ley al Programa de Desarrollo de Proveedores. El principal objetivo del PRODEPRO es desarrollar proveedores nacionales en sectores estratégicos, conectarlos con la oferta de las compras públicas y con las cadenas de valor globales para mejorar su competitividad. Además, busca acompañar a los proveedores en la incorporación de nuevas tecnologías (industria 4.0).

 

FUENTE: Ámbito