Sin ajuste por inflación, diseñan impuesto opcional para pagar menos Ganancias
El Gobierno tiene decidido enviar al Congreso antes de la Reforma Tributaria un proyecto de creación del impuesto opcional al revalúo, que será una alternativa acotada al ajuste por inflación de los balances y algo similar al impuesto del blanqueo.
Se trata de pagar una tasa baja y quedarse con los bienes a precio de mercado como costo al momento de venderlos o para amortizarlos en los balances, en ambos casos disminuyendo lo que se debe tributar al 35% por Impuesto a las Ganancias.
Se discute en el seno del oficialismo si la tasa del impuesto al revalúo debe ser de 5% o 10%, pero estará en ese rango.
Podrán revaluarse desde inmuebles hasta acciones de sociedades e intangibles (la marca del negocio, por ejemplo).
Lo cierto es que está tomada la decisión política de no admitir el ajuste por inflación de los balances, más allá de los casos que habilite la Corte Suprema de Justicia tras evaluar una pericia que demuestre que su no aplicación es confiscatoria, siguiendo el caso Candy.
Ante la imposibilidad de aplicar el ajuste por inflación, los bienes de uso de las empresas figuran en los estados contables a valores históricos. El revalúo consiste en asignarle al bien de uso el valor de mercado.
Una vez que el bien está revaluado, la amortización contable se hace sobre ese nuevo valor. El impacto de permitir desgravar la amortización en el balance fiscal será una menor carga fiscal para la empresa en el Impuesto a las Ganancias. La amortización es 2% para el caso de los inmuebles ya que tienen una vida útil de 50 años.
El costo computable es el valor que se descuenta del precio de venta de un bien. Es decir, corresponde al costo histórico o revaluado menos la amortizaciones incurridas. Al momento de la venta, se aparean valores de mercado para la venta contra costos históricos. Al revaluar el costo histórico, la diferencia entre precio de venta y costo computable será inferior, y la empresa pagará menos impuesto, puntualizó Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores.
Esto es una alternativa al ajuste por inflación, ya que en la medida en que no se aplica el ajuste integral por inflación, al menos se contempla la revaluación permitiendo las amortizaciones actualizadas y el computo del costo contra el precio de venta.
A sabiendas de que era muy difícil que el Gobierno se moviera de esta tesitura, por la perforación que significaría el ajuste por inflación en la recaudación, especialistas del sector privado ya sugerían en la Conferencia Anual de Planificación Fiscal 2017 organizada por Forum en noviembre pasado, que una solución posible era que se permita el revalúo de los bienes de uso, pagando un impuesto similar al del blanqueo.
En esa ocasión, el titular de la AFIP, Alberto Abad, había asegurado que no se habilita el ajuste por inflación de los balances impositivos porque «puede haber ganadores pero también perdedores»: si una empresa tuvo pérdidas importantes por la devaluación, y los balances se ajustan por inflación, desaparecerá la posibilidad de descontar parte de esa pérdida del Impuesto a las Ganancias.
Carlos Abeledo, presidente del Departamento de Impuestos de la Unión Industrial Argentina (UIA), si bien insistió con reimplantar el ajuste por inflación impositivo integral, a renglón seguido dijo: «En cualquier supuesto, debe permitirse la actualización de los valores computables de amortizaciones y el costo de bienes transables», que es lo que vendría a solucionar el impuesto opcional al revalúo.
Pero todo esto no les sirve, por ejemplo, a los bancos, afectados al igual que las empresas que producen bienes, por la falta de ajuste por inflación.
Los bancos tienen sus activos «calzados» en posiciones financieras. No son muy relevantes los bienes de uso en su patrimonio, por lo que casi no tienen nada que revaluar.
Y el conflicto del fisco con el sector financiero está alcanzando cotas importantes. El BBVA Francés en su último balance practicó un millonario ajuste por inflación, avisando al fisco. La reacción, que en la mayoría de los casos es pasiva, esta vez fue superlativa. El Banco Central obligó a la entidad a previsionar $ 1.185 millones ante un eventual revés judicial, y la AFIP lanzó una fiscalización relámpago del banco extranjero.
De todos modos, si bien desde 2003 no se puede ajustar el balance impositivo, desde el año pasado si se puede indexar el contable, con tres ventajas importantes:
-Mayor base para solicitar créditos.
-Mayor patrimonio para participar en ciertas licitaciones o negocios.
-Tener una mayor reserva si, frente a una situación de pérdida, deben disminuir el capital.
Fuente: Cronista