Subsidio para PYMES destinados a Proyectos de Innovación Tecnológica
La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llaman a la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas Pymes en el marco del Programa de Innovación Tecnológica IV (PIT IV).
Apertura de convocatoria: 19 de Agosto 2016
Fecha límite de presentación: 08 de Noviembre 2016
OBJETIVOS
Mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas de distintas ramas de actividad, mediante “proyectos de innovación y desarrollo tecnológico”.
BENEFICIARIOS
Empresas que satisfagan la condición Pymes, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional.
Sólo podrán presentarse empresas que tengan no más de un (1) proyecto de ANR (financiado parcialmente por el BID) en ejecución, con un porcentaje rendido a FONTAR de al menos el 50%, quedando excluidas de esta restricción los ANR’s correspondientes a las convocatorias del 2013, 2014 y 2015.
PROYECTOS ELEGIBLES
Se financiarán proyectos donde quede demostrada una participación activa y relevante en el esfuerzo de ingeniería por parte de la entidad beneficiaria en el proceso de desarrollo tecnológico y que se orienten a:
- Desarrollo de tecnología a escala piloto y prototipo
- Producción de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, cuyo desarrollo alcanza una escala de laboratorio o equivalente.
- Desarrollo de cualidades innovadoras de nuevos procesos y productos a escala piloto o de prototipo.
- Modificación de procesos productivos.
FINANCIACIÓN Y PLAZO DE EJECUCIÓN
- Aportes No Reembolsables de hasta pesos Tres millones quinientos mil ($3.500.000).
- Los proyectos presentados por entidades que cumplan con las condiciones que se mencionan a continuación, podrán recibir subvenciones de hasta el 80% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto. Condiciones: Personas Jurídicas que no hayan sido adjudicadas hasta la fecha con aportes no reembolsables financiados parcialmente por el BID, en el marco de instrumentos de promoción y fomento de la innovación del FONTAR y por el FONSOFT. Ser Sociedad Anónima (S.A.) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.). Contar con al menos un año de antigüedad en la inscripción de la sociedad. Tener actividad económica demostrable.
- En el caso de no cumplir con las condiciones antes mencionadas, podrán recibir subvenciones de hasta el 50% del costo total del proyecto, debiendo la empresa beneficiaria aportar el resto.
- Plazo máximo de ejecución: 36 meses
Para más información acceder al archivo adjunto-anr o comunicarse a:
info@atfconsulting.com.ar
(0342) 4552369 ATF Santa Fe
(0341) 5271575 ATF Rosario
(011) 53530243 ATF Buenos Aires